LA RAZÓN 24-02-05

El TS sentencia que la asignatura alternativa a la Religión es obligatoria

 

Redacción


Madrid- El Tribunal Supremo considera que la regulación de la enseñanza de la Religión que incluía el Real Decreto sobre la ordenación y las enseñanzas comunes del Bachillerato dictado por el anterior Gobierno en 2003 es «conforme a derecho». La Sala de lo Contencioso-Administrativo de ese Tribunal ha rechazado, en una sentencia hecha pública ayer, el recurso de la Junta Extremadura contra la disposición adicional primera de ese decreto y el anexo, que regulaban las enseñanzas de esa asignatura. Las normas establecían dos opciones, obligatorias en todos los centros –una confesional, acorde con la confesión por la que optasen padres o alumnos, y otra no confesional– y definía el contenido de esta última. La Junta recurrió esa regulación ante el Supremo, al entender que incurría en un exceso de competencias por parte de la Administración Central y en una vulneración de las del Gobierno regional.
Denunciaba que la obligación de elegir entre las dos versiones «significa imponer la obligación de declarar respecto a ideología, religión o creencias» y dejaba sin cobertura a los padres que quisieran que sus hijos fueran educados «con total ajenidad» a las religiones. También consideraba que la regulación del contenido de la versión no confesional no deja margen a la comunidad para ejercer sus competencias educativas.
Finalmente denunciaba que la elaboración del currículo de la versión confesional se atribuya a las autoridades religiosas las convierte en «autoridades educativas» fuera del control de la comunidad.