LA RAZÓN
24-02-05
El TS sentencia que la asignatura alternativa a la Religión es obligatoria
Redacción
Madrid- El Tribunal Supremo considera que la regulación de la
enseñanza de la Religión que incluía el Real Decreto sobre la ordenación y las
enseñanzas comunes del Bachillerato dictado por el anterior Gobierno en 2003 es
«conforme a derecho». La Sala de lo Contencioso-Administrativo de ese Tribunal
ha rechazado, en una sentencia hecha pública ayer, el recurso de la Junta
Extremadura contra la disposición adicional primera de ese decreto y el anexo,
que regulaban las enseñanzas de esa asignatura. Las normas establecían dos
opciones, obligatorias en todos los centros –una confesional, acorde con la
confesión por la que optasen padres o alumnos, y otra no confesional– y definía
el contenido de esta última. La Junta recurrió esa regulación ante el Supremo,
al entender que incurría en un exceso de competencias por parte de la
Administración Central y en una vulneración de las del Gobierno regional.
Denunciaba que la obligación de elegir entre las dos versiones «significa
imponer la obligación de declarar respecto a ideología, religión o creencias» y
dejaba sin cobertura a los padres que quisieran que sus hijos fueran educados
«con total ajenidad» a las religiones. También consideraba que la regulación del
contenido de la versión no confesional no deja margen a la comunidad para
ejercer sus competencias educativas.
Finalmente denunciaba que la elaboración del currículo de la versión confesional
se atribuya a las autoridades religiosas las convierte en «autoridades
educativas» fuera del control de la comunidad.