CLASE DE RELIGIÓN Y ALTERNATIVA

 

Insiste nuestro gobierno en afirmar que con la LOE “se garantizarán los derechos de todos, de los que quieren Religión y de los que no”. No puede uno estar más de acuerdo con esta afirmación, pues los que defendemos la posibilidad de cursar Religión en la Escuela nunca hemos pretendido que sea obligatorio para todos.

 

Otra cosa es lo que se oculta tras esta razonable postura pues lo que se quiere decir es, de hecho, que los alumnos sólo tendrán una opción a elegir: estudiar Religión o nada; casi como ahora pero peor, ya que lo que se abre es una puerta más para negar su carácter estrictamente académico y subrayar su condición de “intrusa” dentro del marco escolar.

 

Sin embargo, lo que no se cuenta es que esta pretensión de marginar a la asignatura de Religión ya fue rechazada en 1998, de forma expresa y contundente, por sentencia del Tribunal Supremo que sería ratificada al año siguiente por el mismísimo Tribunal Constitucional. En ella se recoge literalmente lo que para cualquiera es una obviedad: “en el supuesto de que no se impusiesen tales actividades alternativas, ello supondría una penalización de la Religión y un motivo disuasorio en contra de ella pues se dejaría a los alumnos que no opten por ninguna enseñanza religiosa en una situación ventajosa respecto de aquellos, pues evidentemente tendrían menos horas de clases, y menos actividades a realizar con la posibilidad de dedicar esas horas a juegos y ocio, lo que atraería a la mayoría de los alumnos a no optar por ninguna clase de Religión”.

 

Más allá de lo asombroso que podría resultar el que un Gobierno legislase en contra de la jurisprudencia establecida, no deja uno de preguntarse a qué viene tanto interés por convertir la Religión en el “garbanzo negro” de la Escuela. Así por ejemplo, una asignatura sin alternativa y cuya nota no tenga valor sería del todo incomprensible si se aplicase a cualquier otra materia. De ser así sería toda una provocación y no es difícil imaginarse a los profesores “echándose al monte” ante lo que considerarían un claro desprecio al valor de su asignatura. Pero el mayor perjuicio recaería sobre el alumnado de la asignatura de Religión que verá incrementado su horario escolar con una asignatura más que los que no optan por ella, una penalización por ejercitar el derecho a educar a los hijos según las propias convicciones que resulta a todas luces anticonstitucional.

 

Tampoco sería comprensible el argumento que algunos esgrimen preguntándose por qué unos alumnos han de cursar una asignatura por el hecho de que otros tengan Religión, y es que para cualquier asignatura de tipo optativo se podría aplicar el mismo razonamiento. Sin ir más lejos, los alumnos de “Cultura asturiana” podrían acusar a los de “Llingua asturiana” por el mismo motivo.

 

Y lo cierto es que yendo al grano del asunto, si el Gobierno se sitúa en que “no es lo mismo” es sencillamente porque no reconoce el carácter meramente académico de la clase de Religión, la sitúa bajo la sospecha del adoctrinamiento y el proselitismo, transforma a los alumnos que quieren aproximarse escolarmente al Hecho religioso en fieles a los que se les debe exigir coherencia con su fe, y lo que es peor, lejos de respetar la libre elección por la Religión, que hoy hacen ocho de cada diez padres, toma partido y la dificulta sometiéndola a unas condiciones marginales que rompen con la neutralidad que sería propia para un Estado aconfesional.

 

Confiemos en que al final se imponga la cordura, entre otras cosas por las repercusiones prácticas que en la misma organización de los centros educativos puede tener romper un principio tan básico como el de equidad respecto al número de asignaturas que han de cursar los alumnos. La verdad es que ya son ganas de complicarle la vida a la Escuela.

Pilar Caunedo